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Procedimientos que se siguen para la toma de decisiones

El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG en su versión actualizada mediante el Decreto 1499 de 2017 emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión Institucional del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, en términos de calidad e integridad del servicio, con el fin de que se entreguen resultados que atiendan y resuelvan las necesidades y problemas de los grupos de valor.

Este modelo está compuesto por 7 dimensiones y 19 políticas, las cuales deben ser implementadas por las entidades del orden nacional y territorial y su monitoreo se realiza a través del Formulario Único de Avances en la Gestión-FURAG.

Entre las principales novedades, se incluyeron las siguientes políticas:

  • Política Mejora Normativa y su entidad líder, el Ministerio de Justicia y del Derecho (Versión 02 del Manual Operativo MIPG)
  • Política de Compras y Contratación en la Dimensión de Direccionamiento Estratégico (Versión 04 del Manual Operativo MIPG)

Para la implementación del Modelo, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia mediante Resolución 528 de 2018, realizó la actualización de los Comités de Gestión y Desempeño Sectoriales e Institucionales acorde con lo previsto en el Decreto 1499 de 2017.

Así mismo, alineándolo con lo dispuesto en el Decreto 612 de 2018 y mediante la Resolución 305 de 2019 se adoptaron y ratificaron las Políticas de Gestión y Desempeño del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia.

El proceso de planeación en el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, parte de las bases del Plan Nacional de Desarrollo y Plan de Desarrollo Territorial, definiendo los objetivos, las grandes estrategias y productos que se adelantarán durante el cuatrienio, en total cumplimiento y alineación con las directrices del Gobierno Nacional y Departamental.

A partir de allí, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 152 de 1994, y en el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011 se realiza la definición de los planes estratégicos y los planes de acción, en los cuales se establecen los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de los proyectos de inversión en concordancia con los objetivos institucionales, las metas estratégicas y los compromisos adquiridos previamente; así mismo, se incluyen los aspectos relacionados tanto del componente misional como los relacionados con los planes de que trata el Decreto 612 de 2018.

 

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