
Trámites
Nota:
Los trámites descritos en la oferta de la Entidad no tienen ningún costo. Todos son gratuitos.
Descripción: Conforme a la ley de protección al patrimonio, se desarrolla un control para quien pretenda exportar elementos culturales. Para Antioquia, este trámite se realiza mediante la expedición un documento por parte del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia.
Los bienes culturales muebles son aquellos que se pueden trasladar de manera fácil de un lugar a otro. Están constituidos por objetos arqueológicos, documentales, paleontológicos, geológicos, utilitarios, artísticos entre otros y representan para la cultura colombiana valores colectivos, históricos, estéticos y simbólicos que suscitan intereses particulares en la sociedad.
No requieren autorización: Afiches, artesanías, adornos, fotos familiares y dibujos infantiles.
Los criterios legales de los cuales depende la aceptación o rechazo de las solicitudes son: La ley 397 de 1997, la ley 1185 de 2008 y la Resolución 0395 de 2006, Resolución 983 de 2010, Ley 594 de 2000, Resolución 2094 de 2001, ley 1185 de 2008 art 3. Incluyendo declaratorias patrimoniales de algunas colecciones.
Dirigido a: Comunidad en general.
¿Cómo se realiza el trámite? El trámite se realiza virtual Aquí
¿Qué pasos se deben seguir?
En el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia se realiza un trámite que busca salvaguardar el patrimonio mueble de nuestro País, llamado; “Control de Salida de Bienes Culturales de Libre Circulación”, para diligenciarlo lea atentamente las siguientes recomendaciones:
- Por favor realice el proceso desde un computador con conexión estable a internet. (Evitar hacerlo desde el celular).
- Debe contar con el tiempo y disposición adecuados, para asegurar que no suspenderá el trámite hasta finalizar.
- Complete el todo formulario con datos exactos y veraces para que el sistema y le permita continuar, especialmente el ítem “Fecha”.
- Llene el campo “contraseña” con una clave que contenga letras y por lo menos un número y un signo.
- Repita la clave en el espacio siguiente asegurándose que sea idéntica a la inicial.
- Antes de empezar, debe tener la foto de la obra a color (una) digitalizada, a la mano y en formato JPG, bien iluminada y con buena resolución (mínimo 10 megapíxeles).
- También debe contar con su documento de identidad (Cédula o pasaporte) escaneado por ambas caras en formato PDF y a color.
- Si el tramite se produce por intermediación de una galería de arte y/o empresa de exportación, el documento a adjuntar es el “Registro Único Tributario” (RUT).
- Este procedimiento debe repetirse por cada obra u objeto a exportar.
NOTA: Recuerde que este trámite está sujeto a variables de conectividad y funcionamiento de los proveedores de servicios digitales, por favor gestiónelo con anticipación a su salida y recuerde que su vigencia es de 3 meses calendario.
Este no es un proceso automático, la solicitud debe ser revisada y autorizada por personal idóneo y se responde en estricto orden de turnos. Las solicitudes elaboradas por fuera de los días y horarios de atención al público se gestionarán en el siguiente día hábil.
A la dirección de correo electrónico suministrada le llegará documento en PDF, debe revisar que tenga la imagen y la información correcta. Para la salida por “el puerto” debe incluir este documento impreso a color. (No sirve en el celular)
Respecto a los documentos requeridos: Si es de nacionalidad colombiana: Debe aportar la cédula de ciudadanía por ambas caras y/o pasaporte. Si es de nacionalidad DIFERENTE a la colombiana puede anexar cedula de extranjería colombiana o pasaporte. Para empresas; el documento requerido es: RUT (Registro Único Tributario). Es importante hacer claridad que la cedula o documento de identificación de otro país (diferente al pasaporte) no es aceptado.
¿A dónde se envían o se entregan? Este trámite se realiza a través de la web, aquí
Tiempo de respuesta: 1 día
Información de contacto del trámite: datos de contacto del responsable y horarios de atención. Nicolás Acero Portilla. Correo electrónico: nicolas.acero@culturantioquia.gov.co , Teléfono (604) 3209780 EXT 152, horario de atención: 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:15 p.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes, días hábiles.
LAS AUTORIDADES COMPETENTES PODRÁN DECOMISAR BIENES DE INTERÉS CULTURAL
Si el bien de interés cultural se intenta exportar o es exportado sin la respectiva autorización, será retenido y puesto a ordenes del Ministerio de Cultura o de la autoridad que lo hubiere declarado como tal, por el termino de la actuación administrativa sancionatoria. Al cabo de la actuación, se decidirá si el bien es decomisado en forma definitiva, quedando en poder de la nación
Descripción: La Biblioteca Nacional y las bibliotecas departamentales son las entidades responsables en Colombia de recibir y preservar a lo largo del tiempo las obras publicadas en el país. Esta disposición, reglamentada por las leyes 44 de 1993 y 1379 de 2010, y los decretos 460 de 1995, y 358 de 2000, se conoce con el nombre de Depósito Legal. Este mecanismo enfocado a la adquisición, registro, preservación y disponibilidad del patrimonio bibliográfico y documental del país, tiene como objetivo preservar la memoria cultural e incrementar el acervo nacional. Su carácter de interés público permite que cualquier persona pueda acceder a este.La Biblioteca Departamental Carlos Castro Saavedra es la institución responsable de esta función, con la que también se busca proteger y difundir la producción intelectual de autores, editores y productores del departamento de Antioquia, en diferentes áreas del conocimiento y en diversos formatos.
Dirigido a: La ley incluye entidades de carácter comercial, privadas, sin ánimo de lucro, oficiales (nacionales, departamentales o municipales), universidades e importadores de material impreso, audiovisuales o fonograma
¿Cómo se realiza el trámite? Presencial. Debes llevar 2 ejemplares de la obra en el Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, Carrera 51 # 52-03, Medellín.
¿Qué pasos se deben seguir? Para la entrega del depósito legal, se debe diligenciar este formato Formato depósito legal Realizar la entrega del material bibliográfico en físico junto con el formato diligenciado en la oficina 008 Archivo y Correspondencia del Palacio de la Cultura. Se emitirá una constancia de entrega la cual será enviada por correo electrónico a la persona, entidad o institución que realizó la entrega del material.
Tenga en cuenta que se deben diligenciar todos los campos del formato.
¿Qué documentos se deben adjuntar? Formato depósito legal
¿A dónde se envían o se entregan? Oficina 008 Archivo y Correspondencia Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, Carrera 51 # 52-03, Medellín.
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles
Información de contacto del trámite:
jorge.arcila@culturantioquia.gov.co
Jorge Alonso Mejía Arcila
Tel. 3209780 ext.125
Lunes a viernes.
Horario de atención: 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:15 p.m. a 5:30p.m.
Tenga presente
¿Cuántos ejemplares se deben entregar y dónde?Los editores de obras impresas editadas o producidas en Colombia (libros, seriadas, material cartográfico, microformas, música impresa, entre otros) entregarán:Dos ejemplares en la Biblioteca Nacional de Colombia
Procesos Técnicos
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Envío por correo certificado a la calle 24 # 5-60, Bogotá-Colombia
Informes: (57) (1) 381 64 64 ext 3171Más información visita el sitio (web: https://bibliotecanacional.gov.co/es-co/servicios/profesionales-del-libro/deposito-legal)Un ejemplar para la Biblioteca del Congreso
Carrera 6 # 8-94, Bogotá-Colombia
Informes: (57) (1) 382 44 50 – 382 44 55 Un ejemplar para Biblioteca Central de la Universidad Nacional, Ciudad Universitaria, BogotáUn ejemplar en la biblioteca departamental donde tenga sede el editor
¿Cuándo se está exento del Depósito Legal? Si la obra impresa de carácter monográfico es una edición de alto valor comercial (como los libros de arte), el editor estará exento del depósito legal en tirajes menores a cien ejemplares.
En tirajes de cien a quinientos ejemplares, deberá entregar únicamente un ejemplar a la Biblioteca Nacional de Colombia, y si es superior a quinientos ejemplares, entregará dos ejemplares.
¿Qué plazo tiene el Depósito Legal?El depósito legal debe efectuarse dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la publicación, comunicación pública, reproducción o importación, respectivamente.
Descripción: La declaratoria de un bien material como de interés cultural determina que un bien inmueble queda cobijado por el Régimen Especial de Protección contemplado en la ley. (https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=104832)
Dirigido a: Las personas naturales o jurídicas pueden solicitar ante el Consejo Departamental de Patrimonio Cultural de Antioquia (CDPCA) la declaratoria de un inmueble localizado en este departamento, como Bien de Interés Cultural de carácter municipal o Departamental.
¿Cómo se realiza el trámite? La solicitud se presenta en el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia (ICPA) de manera física y digital en la oficina de Patrimonio y debe acreditar los siguientes requisitos generales descritos en el siguiente punto.
¿Qué pasos se deben seguir y qué documentación debo adjuntar? Entregar un documento que contenga la siguiente información:
Información del solicitante:
1. Persona natural: Nombre, cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.
2. Persona jurídica: Razón social; fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería del representante legal; certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses.
3. Datos de ubicación: Domicilio o dirección de ubicación y teléfonos. Si el solicitante reside fuera del país debe ser colombiano y designar un apoderado en Colombia.
4. Calidad en la que actúa: Manifestación de ser propietario, usufructuario, arrendatario o tercero interesado en el bien. También podrá actuarse en representación de un grupo, en cuyo caso deberá acreditarse poder.
5. En caso de que la solicitud se presente por un tercero interesado, deberá informarse el nombre y dirección del propietario si son conocidos o, en caso contrario, manifestarlo expresamente.
6. Interés en el que actúa: Informar si actúa en interés particular o general.
Información del bien:
1. Identificación: Nombre con el que se conoce el bien.
2. Localización: Departamento, municipio o distrito; sitio o dirección exacta de ubicación del bien.
3. Descripción. Descripción general del bien en la que se relacione su historia, sus características físicas y su estado de conservación.
4. Material de apoyo. Tres (3) fotos a color que permitan entender la importancia e integridad del bien.
Razones de la solicitud: El solicitante deberá exponer de manera general las razones de su solicitud, en particular sustentando cuáles de los valores y criterios de valoración establecidos en el artículo 6º del decreto 763 de 2009 se atribuyen al bien.
¿A dónde se envían o se entregan? Digital: Enviar la información al correo luis.saldarriaga@culturantioquia.gov.co Físico: Oficina 008 Archivo y Correspondencia Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, Carrera 51 # 52-03, Medellín.
Tiempo de respuesta: Depende de las sesiones del Consejo Departamental de Patrimonio, una mensual
Información de contacto del trámite: Luis Felipe Saldarriagaluis.saldarriaga@culturantioquia.gov.co