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Consejos Municipales de Cultura

Son espacios de amplia participación y representación para la concertación entre el Estado y la sociedad civil, encargados de liderar y asesorar al gobierno territorial para la articulación de la dimensión cultural al desarrollo de sus respectivas jurisdicciones. Su papel es establecer las directrices de la política cultural municipal.

Funciones de los Consejos Municipales de Cultura

  • Estimular el desarrollo cultural y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades en sus respectivos entes territoriales.
  • Actuar como ente articulador de las actividades relacionadas con el fomento, la promoción y la difusión del patrimonio cultural y artístico de las entidades territoriales.
  • Promover y hacer recomendaciones que sean pertinentes para la formulación, cumplimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos culturales.
  • Hacer seguimiento a la ejecución del gasto público invertido en cultura

Funciones complementarias

  • Participar en las labores de los órganos de planeación y decisión, presentando propuestas para la formulación o ajustes de los planes de desarrollo que vinculen la dimensión cultural al desarrollo del municipio.
  • Liderar y promover la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Cultura.
  • Apoyar y asesorar al alcalde en el diseño e implementación de las políticas culturales del municipio, teniendo en cuenta las políticas departamentales y nacionales.
  • Participar activamente en la elección del representante del Consejo Municipal de Cultura ante el Consejo Departamental de Cultura y realizar seguimiento a su gestión.
  • Elegir los miembros que conformarán la terna que deberá presentarse ante el Alcalde para la elección del representante ante el Consejo Territorial de Planeación y realizar seguimiento a su gestión.
  • Establecer su propio reglamento.
  • Elaborar su plan de trabajo.
  • Presentar informes periódicos de avance en la gestión del Plan de Trabajo.

¿Cómo conformar el consejo de cultura de tu municipio?

En cada municipio hay personas, grupos u organizaciones que conforman la comunidad cultural. El Consejo de Cultura de cada municipio estará conformado por los sectores que tengan presencia y sean representativos en él, es decir, que todos los Consejos no están necesariamente conformados por las mismas representaciones y, por lo tanto, no todos tendrán el mismo número de integrantes.

Corresponde al grupo que liderará y apoyará la conformación del Consejo, identificar de manera concertada y con conocimiento de su realidad local, qué sectores tienen presencia en su municipio y deben ser convocados. La Ley General de Cultura (Art. 60) determina la integración del Consejo Municipal de Cultura. Encuentra las apuestas de los consejos de cultura, objetivos, proceso de conformación, entre otras, en el Maletín Viajero del Gestor Cultural. Manual de estudio, apoyo y consulta de las Diversas Voces. Un compilado de documentos y de conocimientos básicos que facilita herramientas de contexto y metodológicas para fortalecer la planificación y la gestión cultural.

Atención presencial

Carrera 51 # 52-03.
Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe.
Medellín – Colombia
Archivo y Correspondencia: Oficina 008.
Buzón de sugerencias: Biblioteca Departamental Carlos Castro Saavedra,
segundo piso
PBX (57 604) 3209780 Fax: (57 604) 2518461

Atención virtual

www.culturantioquia.gov.co
PQRSD
[email protected]

Notificaciones judiciales
Dando cumplimiento al artículo 197 de la ley 1437 de 2011, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia dispone del correo electrónico

[email protected]

para la recepción de notificaciones judiciales

Horarios de atención:

Horario de visitas al palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe: 
lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:30 p.m. – jornada continua.
 
Sábados: 8 a.m. – 1 p.m.
Domingo no se abre al público.
 
Oficinas Instituto de Cultura y patrimonio de Antioquia
Lunes a jueves 
7:30 a.m. a 12m – 1:00 p.m. 5:30 p.m.
Viernes
 7:30 a.m. a 12m – 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
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